Los beneficios de las zonas francas en El Salvador

Enero 30, 2023

Una zona franca es un área de un país eximen a las empresas de ciertos requisitos y trámites burocráticos como aranceles, cuotas y papeleo con el objetivo de promover nuevos negocios y empleos.

La instalación y el funcionamiento de estos espacios fue el tema de conversación del programa “Los 5 minutos legales” de Radio Femenina 102.5 FM. Para ello, se tuvo la presencia de nuestra abogada del Departamento de Administración Pública, Fátima Rivera.

Nuestra experta inició definiendo a las zonas francas como aquella “parte del territorio nacional en la que se permite la importación y la exportación a personas o empresas, conocidos como usuarios, los cuales están exentos del pago de impuestos”.

En El Salvador, la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización es la normativa que regula el funcionamiento. De acuerdo con la ley, una zona franca es el área del territorio nacional en la que se permite ingresar mercancías exentas de impuestos a la importación y exportación.

Nuestra abogada afirmó que en estas zonas pueden instalarse actividades de maquila de bienes industriales; pesca de especies marítimas para transformación industrial, flora producida en invernaderos y laboratorios, crianza y comercialización de anfibios y reptiles en cautiverio; y deshidratación de alcohol etílico.

“Estas empresas tienen que obtener la autorización del Ministerio de Economía, mientras que la vigilancia y el control del régimen fiscal de dichas zonas corresponderá al Ministerio de Hacienda, por medio de las direcciones generales de aduanas e impuestos internos”, enfatizó.

De acuerdo al artículo 17 de la Ley, las empresas que se instalan en las zonas francas tienen derecho a: exención de impuestos a la importación; exención del impuesto sobre la renta; exención de impuestos municipales; y exención total del impuesto sobre la transferencia de bienes raíces por la adquisición de bienes raíces que se utilicen en la actividad autorizada.

“Para nuestro país genera un beneficio que es la creación de empleos para la manufactura y la comercialización que se da en El Salvador. Claro, se deben cumplir ciertos requisitos porque esto no te exime de cumplir con los requerimientos básicos como la parte de contabilidad o tener un representante legal”, agregó.

En ese sentido, podrán ampararse a la ley las personas naturales o jurídicas que desarrollen, administren o se establezcan en zonas francas y cuyos establecimientos sean declarados depósitos para perfeccionamiento activo.

Sin embargo, aquellas personas naturales o jurídicas que se dediquen a actividades como: explotación de gas natural, petróleo y derivados; comercialización de chatarra; productos minerales metálicos; o que implique el procesamiento de explosivos, no podrán acogerse a la legislación antes mencionada.

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