El ABC del arbitraje en El Salvador
Esta es una de las modalidades que más ha contribuido a la gestión de las controversias, al facilitar la administración de justicia sobre asuntos que requieren de un alto grado de especialización y que implican el procesamiento de grandes cantidades de información que terminarían por colapsar los Tribunales estatales. Una de las decisiones más relevantes sobre esta modalidad de resolución de conflictos es la elección de la sede o qué regulación procesal se aplicará al proceso que se instale. Atendiendo a lo anterior, se presenta una especie de mapa sobre El Salvador como una sede Especializado en Litigios y Arbitraje Specialized in Litigation and Arbitration para instalar un proceso de esta naturaleza, para luego hacer un balance sobre su conveniencia.
¿Cuáles son las particularidades de esta jurisdicción?
1. Pacto de arbitraje internacional en los contratos de distribución.
El Código de Comercio de El Salvador formó parte de una corriente en Latinoamérica, al adoptar una regulación proteccionista sobre este tipo de contratos. En ese contexto, existía una prohibición para insertar una cláusula arbitral, en los mismos. Sin embargo, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha interpretado dicha ley, en el sentido más favorable a la libertad para contratar, por lo cual consideró que sí es posible acordar arbitraje como una forma válida para resolver las controversias al respecto.
2. Nombramiento de Árbitro, ante la omisión del demandado.
En algún momento el Tribunal Constitucional tuvo que pronunciarse sobre la posibilidad de apelar sobre un laudo arbitral. La sentencia resultó bastante didáctica sobre el transcurso de un proceso arbitral típico. En algún punto, dicho Tribunal comentó que las encargadas de suplir la omisión del demandado sobre el nombramiento del Árbitro correspondiente eran las Instituciones de Arbitraje y las Cámaras de Apelación podían intervenir sobre tal aspecto si así lo pactaban las partes, exclusivamente. Algunas Cámaras siguieron dicho criterio, a pesar de que no era vinculante, y otras no. Sin embargo, acudir directamente a la Institución Arbitral y pagar el arancel correspondiente, podría ahorrar costos en términos de tiempo y complicaciones.
3. Competencia del Juzgado ante una cláusula arbitral.
Un Juez de alguna otra jurisdicción se declarará incompetente cuando advierta una cláusula arbitral, entre los anexos de la demanda. Sin embargo, existe una práctica arraigada en El Salvador de continuar el trámite de la demanda a la espera de la contestación del demandado. Si este decide invocar la cláusula arbitral, el Juez terminará el proceso y las partes deberán instalar el Tribunal Arbitral. De no alegar la existencia de dicha cláusula en ese momento, el Juez entenderá que las partes renunciaron tácitamente a los efectos de dicho acuerdo.
4. Apelación sobre un laudo.
Una de las particularidades más importantes en el país es la posibilidad de apelar sobre los laudos arbitrales. La controversia sobre la validez de esa regulación llegó hasta el Tribunal Constitucional de El Salvador. En el año 2011, se emitió un pronunciamiento expresando que era factible dicho recurso. A pesar de que tal decisión fue ampliamente criticada, no supuso mayor implicación práctica, pues aclaró que era factible renunciar a la apelación desde el momento en que se redactaba la cláusula arbitral, lo cual se volvió una de las aclaraciones más importantes en ese tipo de pactos.
5. Nulidad en la sede de un laudo extranjero.
El Salvador ha ratificado la Convención de Nueva York de 1958, la cual contempla ciertas causales para denegar el reconocimiento y ejecución de los laudos extranjeros. Existe mucha discusión sobre la forma (imperativa o facultativa) en que deben interpretarse las mismas. Algunas jurisdicciones como Estados Unidos, Bélgica, Australia y Francia aceptan cada vez más la discrecionalidad para conceder la ejecución (o no) de laudos anulados en sus respectivas sedes de origen. Sin embargo, las cortes de El Salvador aún no han establecido un criterio determinado, al respecto.
¿Cuál es el balance de El Salvador como sede para un arbitraje?
Habiendo repasado lo anterior, es importante mencionar que la ley siempre va un paso atrás a la realidad. No obstante, para el caso de El Salvador, la práctica judicial y la voluntad por resolver las controversias de manera efectiva, han ayudado a superar los desfases en la adaptación regulatoria. En ese sentido, esta sede resulta bastante práctica, para establecer un arbitraje y la efectiva utilidad para las partes depende básicamente de una asesoría previa, algo que aplica para casi cualquier transacción y para cualquier sede.