Constitución de una Sociedad en El Salvador
Mayo 11, 2023
La constitución de una sociedad en El Salvador es un contrato solemne celebrado entre dos o más personas que estipulan poner en común bienes o industrias, con la finalidad de repartir entre sí los beneficios que provengan de los negocios a que van a dedicarse.
En El Salvador, las sociedades son una figura legal para operar un negocio con una persona jurídica al frente. De acuerdo a nuestra asociada encargada del Departamento Corporativo de Torres Legal, Rebeca Galdámez, la constitución de una sociedad es un procedimiento ágil si se cuenta con el debido acompañamiento.
“El proceso de constituir una sociedad en El Salvador es realmente rápido y fácil de hacer. Solamente se deben tomar ciertas consideraciones legales; por ejemplo, en El Salvador no existen las sociedades unipersonales”, expone.
Nuestra especialista explica que la creación de una sociedad requiere al menos 2 accionistas y el capital mínimo exigible es de $2,000.00, donde el 5% del capital ($100) debe ser pagado al momento de su constitución por medio de un cheque certificado de un banco salvadoreño a nombre de la nueva sociedad.
“Si en el momento los socios no pueden aportar los $2,000.00, la ley concede hasta un año para completar ese aporte. Esto nos permite facilitar la constitución sin perder la liquidez de nuestro negocio”, agrega Galdámez.
Luego de definir el nombre de la sociedad, sus accionistas y el capital, Galdámez indica que se debe solicitar el Número de Identificación Tributaria (NIT), definir sus estatutos y finalidad social relacionadas con su actividad principal.
La futura sociedad deberá tramitar la solvencia municipal en la alcaldía del municipio donde la sociedad tenga su domicilio. Una vez recolectado dichos documentos, los interesados deben solicitar los servicios de un notario para la elaboración de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad.
Con la escritura elaborada, los socios iniciarán el proceso de inscripción y la legalización de la empresa en el Registro de Comercio del Centro Nacional de Registros (CNR). Los accionistas deben cancelar los aranceles y estar pendientes de posibles observaciones.
Al mismo tiempo, la sociedad tiene que iniciar la solicitud de la Matrícula de Comercio en el CNR. Con ella, se determina la propiedad de la sociedad y su capacidad de ejercer actividades comerciales.
Galdámez también recomienda contar con un sistema de contabilidad formal para poder llevar a cabo la presentación y pago de impuestos. Igualmente, se tendrán que elaborar talonarios con facturas para llevar un registro e inscribirse al régimen del Seguro Social y en las administradoras de fondos de pensiones.
Para consultar puede contactarnos a través de nuestras redes sociales o en nuestras oficinas el Departamento Corporativo.
Torres Legal - Comunicaciones
Compartir