La nueva ley de lactancia materna

Octubre 10, 2022

La Asamblea Legislativa aprobó la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, que tiene por objetivo “fomentar, proteger, apoyar y priorizar la lactancia materna en los primeros mil días de vida”. La nueva ley de lactancia materna es una normativa presentada por el Gobierno Central.

Dicha ley viene a sustituir la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna aprobada en 2013, la cual concedía a las mujeres trabajadoras una hora diaria en su jornada laboral para alimentar a sus hijos e hijas en espacios aseados dentro de las instalaciones; sin embargo, la falta de este lugar no era considerado como una infracción leve, grave o muy grave.

Con la Ley Amor Convertido en Alimento, todas las instituciones públicas y privadas donde laboran o se brinde atención especializada a mujeres en edad fértil, embarazadas y en periodos de lactancia, deberán instalar Salas de Lactancia y asegurar su funcionamiento.

Asimismo, la nueva normativa establece como infracción muy grave incumplir con la instalación de Salas de Lactancia y la institución deberá cancelar una multa de 11 a 50 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios.

Nuestra abogada asociada del Departamento Laboral y Migratorio, Daniela Deras, hace un llamado a todas las empresas, negocios e instituciones del Estado a cumplir la ley. En ese sentido, Deras recomienda asesorarse con Torres Legal para que las trabajadoras puedan recibir información y educación comprensible sobre los beneficios de la lactancia materna.

“Las instituciones públicas y privadas deben instalar una Sala de Lactancia para que sus empleadas puedan alimentar a sus hijas e hijos y conserven adecuadamente su leche. De lo contrario, pueden caer en sanciones, un posible cierre del establecimiento y medidas de restitución”, agregó.

El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud, efectuará las inspecciones permanentes en los lugares de trabajo para asegurar el cumplimiento de esta disposición.

La instalación de las Salas de Lactancia será exigible a los patronos del sector público y privado 90 días después de la entrada en vigencia del reglamento de la presente ley. Igualmente, la legislación entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial.

Si necesitas ayuda para diseñar manuales, estrategias, material divulgativo, informativo, educativo, promocional y publicitario relacionado con la lactancia materna, nuestro equipo del Departamento de Derecho Laboral pone a disposición sus servicios profesionales y de alta calidad.

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