Comparación de precios: Una nueva forma de contratar con el Estado
Abril 02, 2024
La nueva Ley de Compras Públicas de El Salvador trae nuevos métodos de contratación cuando se trate de obras, bienes y servicios de no consultoría: Licitación Competitiva, Contratación Directa, Baja Cuantía y Comparación de Precios.
La Comparación de Precios se perfila como uno de los métodos más utilizados y es similar a la extinta “Libre Gestión”. Este enfoque implica comparar cotizaciones a través de una convocatoria abierta, recibiendo ofertas por un monto máximo de $87,600.00.
“La comparación de precios es un método de contratación ágil y competitivo, basado en la comparación de cotizaciones obtenidas mediante convocatoria abierta e invitando a un mínimo de tres proveedores para asegurar precios competitivos”, asegura Oscar Giralt, nuestro socio experto en Administración Pública.
¿Cómo se lleva a cabo este método de contratación?
Nuestro especialista, en primer lugar, recomienda tener una capacitación ya que, aún con la existencia de los lineamientos por parte de la Dirección Nacional de Compras, es “imposible generalizar la forma de operar de cada institución”.
“Es aquí donde entran a operar nuestros documentos estándar, que son los modelos a seguir para iniciar esta forma de contratación. Nuestros modelos contienen los requisitos mínimos a ser llenados por los actores intervinientes”.
Según nuestro socio, si se recibe al menos tres de las cotizaciones requeridas de proveedores previamente inscritos en el RUPES, el proceso puede considerarse válido si se determina que los precios de la o las cotizaciones recibidas son razonables en comparación con precios y condiciones de mercado, en concordancia con los criterios de evaluación contenidos en los documentos de solicitud.
¿Qué documentos deben usar las instituciones públicas para contratar a proveedores?
- Requerimiento
- Plan de Implementación del Proceso
- Documento de invitación para ofertar o solicitud de ofertas
- Cuadro de registro de recepción de cotizaciones y Acta de apertura de cotizaciones
- Declaración de imparcialidad y confidencialidad
- Análisis de precios en caso de no haberse recibido las tres ofertas en la publicación
- Informe de evaluación y recomendación de adjudicación
- Informe de revisión financiera y legal
- Acta de adjudicación
- Orden de compra
- Notificación a los oferentes participantes
- Acta de recepción de bienes
Una vez finalizada la compra, Giralt propone velar por la consolidación del expediente de las adquisiciones, conformado por:
- Expediente de solicitud elaborado por la unidad solicitante
- Expediente del proceso de compra elaborado por la UCP
- Expediente de seguimiento contractual elaborado por el administrador del contrato.
“Es importante aclarar que ya se cuenta con un reglamento de aplicación de la ley, por lo que existen aspectos a desarrollar para la determinación del ciclo de compra”, enfatiza nuestro abogado.
Torres Legal - Comunicaciones
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